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Disposicion N° 72 DGEGP/2021

GOBIERNO DE LA CIUDAD DE BUENOS AIRES
"2021 - Año del Bicentenario de la Universidad de Buenos Aires"

Número: DI-2021-72-GCABA-DGEGP

 

Referencia: Expte. Nro. 6452584-GCABA-DGEGP/21 - DISPOSICIÓN

 

VISTO:
La Ley Nacional N° 26.206 y su modificatoria, la Ley Nº 2.681 (texto consolidado por Ley N° 6.347), los Decretos Nros. 107-AJG/11, y su modificatorio N° 171-AJG/11, N° 463-GCABA-AJG/19 y su modificatorio N° 128-GCABA-AJG/20, la Disposición N° 37-GCABA-DGEGP/2021, el Expediente Electrónico N° 6452584-GCABA-DGEGP/21, y

 

CONSIDERANDO:
Que la Ley N° 2.681 establece que los establecimientos educativos de gestión privada incorporados a la enseñanza oficial en todos sus niveles no podrán negar sin causa la matriculación o la rematriculación a un/a aspirante para el año o ciclo lectivo siguiente;

 

Que la Ley N° 2.681 establece que los establecimientos educativos de gestión privada incorporados a la enseñanza oficial en todos sus niveles no podrán negar sin causa la matriculación o la rematriculación a un/a aspirante para el año o ciclo lectivo siguiente;

 

Que en ese sentido, dicha normativa, ha establecido la obligación de fundar la negativa de matriculación o rematriculación de alumnas/os de escuelas de gestión privada incorporados a la enseñanza oficial;

 

Que mediante el Decreto N° 463/19 y su modificatorio N° 128/20 se aprobó la nueva estructura orgánico funcional del Ministerio de Educación estableciéndose entre las responsabilidades primarias de la Dirección General de Educación de Gestión Privada el administrar, supervisar, coordinar y acompañar el Subsistema de Educación de Gestión Privada de la jurisdicción, conforme con las políticas del citado Ministerio;

 

Que el artículo 3º de la citada Ley Nº 2.681 establece que el padre, madre o tutor de un/a alumno/a, o el/la alumno/a mayor de edad, podrá solicitar la fundamentación de la negativa de matriculación o rematriculación ante las autoridades de la institución educativa, en el plazo establecido por la
reglamentación;

 

Que, por su parte, el artículo 3º del Decreto Nº 107/11, estipula que dentro de los diez días hábiles administrativos de conocida la negativa a matricular o rematricular por parte del instituto educativo de gestión privada, podrá solicitarse su fundamentación;

 

Que en caso de que la institución educativa se negara a fundamentar la negativa, o transcurriera el plazo de veinte días hábiles administrativos sin que hubiera respuesta por parte de la misma, podrá radicarse una denuncia ante la Dirección General de Educación de Gestión Privada, dentro de los diez
días hábiles administrativos;

 

Que, a los fines establecidos por la normativa precitada esta Dirección General de Educación de Gestión Privada ha incorporado un procedimiento interno para la tramitación de las mismas;

 

Que mediante Disposición Nº 37-DGEGP/21 se aprobó el “PROCEDIMIENTO INTERNO TRÁMITES DE DENUNCIAS POR NEGATIVA DE MATRICULACIÓN O REMATRICULACIÓN DE ALUMNOS Y ALUMNAS EN INSTITUTOS EDUCATIVOS DE GESTIÓN PRIVADA DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES EN EL MARCO DE LA LEY N° 2.681”, de conformidad con el Anexo (DI-2021-06454626-GCABA-DGEGP) que a todos sus efectos forma parte integrante de la Disposición;

 

Que resulta necesario sustituir el Anexo DI-2021-06454626-GCABA-DGEGP por el Anexo (DI-2021- 09203676-GCABA-DGEGP); de la Disposición N° 37-DGEGP/21, a fin de incorporar modificaciones en el trámite del mencionado procedimiento, y la normativa aplicable en materia de procedimiento
administrativo.

 

Por ello, en el uso de las facultades que le son propias,

 

LA DIRECTORA GENERAL DE EDUCACIÓN DE GESTIÓN PRIVADA
DISPONE:

Artículo 1.- Sustitúyase el Anexo I (DI-2021-06454626-GCABA-DGEGP) de la Disposición Nº 37- GCABA-DGEGP/2021 por el Anexo I (DI-2021-09203676-GCABA-DGEGP), el que a todos sus efectos forma parte de la presente Disposición.

 

Artículo 2.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires. Efectúense las Comunicaciones Oficiales a la Dirección Pedagógica a la Dirección General de Coordinación Legal e Institucional. Cumplido, archívese.